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22 septiembre, 2024

Prepagas: ¿De cuánto será el aumento en enero?

A fin de diciembre vence el congelamiento de las cuotas de la medicina privada para los afiliados de las prepagas que declararon tener ingresos del grupo familiar inferiores a los $ 2.000.000 mensuales.

En consecuencia, los afiliados de las prepagas que no tienen la cuota congelada tendrán un aumento en diciembre del 11,51%, Y hoy, según informó la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) todos los afiliados recibirán la comunicación de las empresas de medicina privada a la que pertenecen que en enero la cuota aumenta el 6,26% porque deben hacerlo con 30 días de anticipación.

El aumento de enero corresponde al Indice de Costos de Salud que se aplica con un desfase de 2 meses. Así el aumento de enero corresponde al Índice al 30 de noviembre.

Pero las nuevas autoridades de Salud deberán resolver varios puntos:

Si se prorrogan o no esas cuotas que quedaron suspendidas.Si se mantiene o no el ajuste según el Índice de Costos de Salud para los que ganan más de 6 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) o el 90% del RIPTE (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) para el resto (Ingresos inferiores a 6 SMVM; $ 876.000).Cómo se trasladará el Índice de Costos de Salud por las cuotas suspendidas de octubre, noviembre y diciembre a los afiliados, lo que podría llevar a un ajuste de más del 30% para los 300.000 titulares o más incluyendo el grupo familiar que obtuvieron ese beneficio.Por otro lado, también las nuevas autoridades deberán decidir si mantienen o no los beneficios impositivos y de previsión otorgadas a las empresas de salud a cambio de ese congelamiento de las cuotas.

Según el decreto 478/2023, las empresas de salud quedaron exentas desde el 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive, del pago de las contribuciones patronales” que recibe el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)- ANSeS.

La segunda medida es el plan de pagos especial en 9 cuotas, con el primer vencimiento en marzo de 2024, para las obligaciones de pago de las contribuciones patronales y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de los períodos fiscales devengados en los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2023,

Con relación al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias a partir del 1° de septiembre de 2023 hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive se aplicarán las alícuotas reducidas que estaban vigentes sólo hasta el 31 de diciembre.

SN

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