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23 septiembre, 2024

El ex ministro Raúl Berrone le ganó el juicio a la Caja

La Caja de Previsión le había aplicado el límite del haber que se impuso Gustavo Melella a su sueldo como Gobernador. El Superior Tribunal de Justicia consideró que eso no corresponde y ordenó devolver todo lo descontado desde enero de 2020 a la fecha.

E

n una sentencia que tiene la decisión unánime de los cinco jueces del Superior Tribunal de Justicia, el ex ministro de Economía de la provincia, Raúl Horacio Berrone, le ganó una demanda a la Caja de Previsión Social de la Provincia, por la incorrecta liquidación de su jubilación, en la que se ordena al organismo actualizar su haber y devolver todo lo descontado desde el 1º de enero de 2020 a la fecha.

Con el voto fundado del juez Javier Muchnik, al que adhirieron en todos sus términos la juezas María del Carmen Battaini y Edith Miriam Cristiano; y los jueces Ernesto Löffler y Gonzalo Sagastume; el ex funcionario del extinto gobernador Hugo Cóccaro ganó la demanda que le entabló al organismo previsional frente a la decisión del Directorio de aplicar las limitaciones al sueldo de gobernador que fueron Decretadas por Gustavo Melella.

En su voto, el juez Muchnik, al analizar los antecedentes, concluyó que “corresponde que el porcentaje de los haberes del Sr. Berrone, que se referencian a los de un Ministro del Gobierno Provincial, se liquiden sin tener en cuenta las limitaciones que pudiera haber establecido el titular del Poder Ejecutivo Provincial, para él, el Vicegobernador, las autoridades superiores y el personal de gabinete en funciones”.

En la sentencia, los Jueces declararon la inaplicabilidad de los decretos 638/2020, con sus prórrogas, y 226/2021, y la Resolución de Directorio de la Caja de Previsión Social de la Provincia N° 061/2021, a la liquidación de los haberes jubilatorios del Raúl Horacio Berrone desde el día 1° de enero de 2020.

Los Magistrados ordenaron a la Caja de Previsión que en el plazo de 30 días practique liquidación por las diferencias que pudieran surgir con base en los parámetros de las leyes 855 y 1333, y los decretos 1777/12 y 652/22, adicionando los respectivos intereses, que deberán calcularse según la tasa que cobra el Banco de Tierra del Fuego en sus operaciones de descuento de documentos en pesos desde 181 hasta 365 días, desde que cada suma es debida y hasta la fecha de su efectivo pago.

El planteo realizado

En su demanda, el ex ministro de Economía, planteó las diferencias que existen entre la liquidación de su haber previsional al confrontarlo con el porcentaje que corresponde referenciarlo como Ministro del Gobierno Provincial. Advirtió que el haber de dicho cargo es equivalente al 80% del haber del Gobernador, conforme el Decreto 1777/2012 y su Anexo.

Indicó que del Formulario de Determinación del Haber, obrante en el expediente por el que tramitara su jubilación, su haber previsional se encuentra referenciado a la remuneración de un Ministro del Poder Ejecutivo Provincial de acuerdo al siguiente detalle:

a) 18,20 meses en la categoría de Ministro, con la escala aplicable de Gobernador Funcionario Agosto de 2008; b) 5,80 meses en la categoría 24, con la escala aplicable de Gobierno Planta Ene 2009, más otros adicionales de Director General y Zona.

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